USO DE LICENCIAS MÉDICAS.
Se entiende por licencia
médica el derecho que tiene el funcionario a ausentarse o reducir su jornada de
trabajo durante un determinado lapso, con el fin de entender el
restablecimiento de su salud, en cumplimiento de una prescripción profesional
certificada por un médico cirujano, cirujano dentista o matrona, según
corresponda, autorizada por el Servicio de Salud o Institución de Salud
Previsional competente. Durante su vigencia el funcionario continuará gozando
del total de sus remuneraciones.
No obstante lo anterior en
caso de rechazo o reducción del reposo por parte de la autoridad
correspondiente, se debe proceder a descontar los días de reposo no
autorizados, lo cual será notificado y materializado en sus remuneraciones.