Aquí rigen los Derechos Humanos

Los pacientes, su familia y el personal de salud, son seres humanos libres e iguales en dignidad y derechos, y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.


Alcohol y Drogas


Participar de actividades institucionales bajo influencia del alcohol o en estado de ebriedad, configura una falta administrativa, en virtud de lo dispuesto en el art.  61 letra i) del Estatuto Administrativo que obliga a los funcionarios a observar una vida social acorde con la dignidad del cargo;

Lo mismo ocurre respecto de participar actividades institucionales bajo la influencia de drogas o estupefacientes.

Sin embargo, en armonía con el criterio contenido, entre otros, en los dictámenes Nos 73.160, de 2010 y 54.696, de 2011, de la Contraloría General de la República,  en el evento de que en un proceso sumarial se adviertan antecedentes para considerar que un inculpado se encuentra afectado de una presunta dolencia psíquica, que podría eximirlo de la responsabilidad administrativa que le asiste con motivo de las irregularidades en que ha incurrido, debe requerirse, antes de decidir aplicar una sanción, un informe de la respectiva Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez acerca del estado de salud del sumariado durante la época en que se cometieron las faltas y la influencia que éste haya tenido en su facultad de obrar libre y racionalmente.